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Plan de

Autoprotección

Según el Real Decreto 393/07 por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección, el plan de autoprotección tiene que ser redactado y firmado por un técnico competente capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con los riesgos a los que esté sujeta la actividad.

El empresario es el responsable de la implantación del Plan de Emergencias en su empresa, podrá contratar un Servicio de Prevención Ajeno que lo realice o evaluando el mismo los riesgos presentes y diseñando un plan de actuación.